Documentación necesaria para la compraventa
- Título de propiedad. Escritura de compraventa
- Documento Nacional de Identidad
- Último recibo de Impuesto de Bienes Inmuebles
- Certificado de estar al corriente en los gastos de comunidad expedido por el Administrador de la misma
- Poderes a favor del firmante. cuando la finca pertenezca a una sociedad o a otra persona física
- Es conveniente llevar los últimos recibos de los suministros: agua, luz, gas… Para proceder al cambio de domiciliación bancaria
- Última Inspección Técnica del Edificio, expedida por el órgano competente. La I.T.E. es una obligación para edificios con más de 30 años de antigüedad y tienen revisiones periódicas cada diez años. Su falta no impide la compra de la vivienda pero generará a los copropietarios del edificio sanciones administrativas y los gastos que conlleve su obtención
- Todos los juegos de llaves y mandos de la vivienda
- Certificado de eficiencia energética del inmueble
Impuestos de la compraventa en Madrid
Compradores:
- Impuesto sobre el Valor Añadido (10%) en:
- Vivienda nueva
- Transmisiones patrimoniales realizadas por empresarios o profesionales a otro empresario o profesional y puedan renunciar a la exención del IVA.
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales ITP (6%) cuando es una vivienda de segunda o posteriores transmisiones
- Actos Jurídicos Documentados AJD (0.50/0.75%) por la adquisición de inmueble sujeto al Impuesto sobre el Valor Añadido
Vendedores:
- Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía Municipal)
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como ganancia o pérdida patrimonial
- Impuesto sobre Sociedades cuando es una persona jurídica
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas No Residentes (IRPFNR) como ganancia o pérdida patrimonial
*Existen exenciones aplicables en función de diversos criterios.
Otros gastos derivados de la compraventa de una vivienda
- Minuta notarial: Dependerá del importe de venta, pero aproximadamente para ventas de 600.000 Euros o más, los gastos serán de 560 Euros más el 0,3% de lo que supere estos 600.000 Euros
- Minuta registral: También, como ejemplo, para ventas superiores a 600.000 Euros, el registro nos costaría unos 300 Euros más el 0,2% de lo que exceda de 600.000 Euros
- Minuta Gestoría: Sólo en caso de que los trámites los haga la gestoría. También tiene derecho a hacerlos usted mismo o encargárselos a la notaría