Impuesto al patrimonio ¿cuantas veces lo hemos escuchado y todavía no sabemos muy bien en qué consiste? En este post trataremos de aclarar todas vuestras dudas.
El impuesto de patrimonio grava el patrimonio neto de las personas físicas, es decir, la suma de bienes y derechos económicos de los que uno es titular, con deducción de las cargas y gravámenes que disminuyan su valor, así como las deudas y obligaciones de las que el titular deba responder.
En nuestro país este impuesto grava a más de 200 mil contribuyentes.
El impuesto de patrimonio se aplicó por primera vez en nuestro país en 1977 en el marco de la reforma fiscal realizada durante la transición política y con el objetivo de modernizar nuestro sistema tributario.
En 2008 se estableció una bonificación del 100 % que suprimía este impuesto. En septiembre de 2011 este impuesto fue restablecido como consecuencia de la crisis económica con el mínimo exento de 700 mil euros. A pesar de las diferentes desavenencias legislativas y políticas sobre este tema en la actualidad este impuesto sigue en vigor, aunque hoy en día son las diferentes Comunidades Autónomas las que se encargan de regularlo.
Con un mínimo exento de 700 mil €, la Comunidad de Madrid tiene una bonificación del 100% por la cual ningún contribuyente de este territorio tiene que pagar dicho impuesto.
Han de presentar autoliquidación los contribuyentes cuyos bienes y derechos tengan un valor superior a los 2 millones de euros.
Para calcularlo es importante primero tener en cuenta que bienes y derechos suman y cuales están exentos de estas obligaciones. Con carácter general bienes y derechos exentos son:
Y ahora que ya tienes claro el tema del impuesto al patrimonio en Madrid, si quieres comprar una casa en Arturo Soria , un piso en Conde de Orgaz o si con lo que sueñas es comprar un chalet en La Moraleja, olvídate hasta del impuesto, nosotros nos encargamos de todo.