El impuesto al patrimonio

¿Qué es el impuesto sobre patrimonio?

Impuesto al patrimonio ¿cuantas veces lo hemos escuchado y todavía no sabemos muy bien en qué consiste? En este post trataremos de aclarar todas vuestras dudas.
El impuesto de patrimonio grava el patrimonio neto de las personas físicas, es decir, la suma de bienes y derechos económicos de los que uno es titular, con deducción de las cargas y gravámenes que disminuyan su valor, así como las deudas y obligaciones de las que el titular deba responder.
En nuestro país este impuesto grava a más de 200 mil contribuyentes.

¿Quién tiene que pagar el impuesto sobre el patrimonio?

Las personas físicas residentes en España y las no residentes pero que sean titulares de bienes o derechos que estén dentro del territorio español.

Es importante aclarar que la declaración de Patrimonio es una declaración de bienes y no de rentas. Lo que se grava es lo que se tiene y no lo que se gana durante el ejercicio de ese año.

¿En qué comunidades se aplica este impuesto?

El impuesto de patrimonio se aplicó por primera vez en nuestro país en 1977 en el marco de la reforma fiscal realizada durante la transición política y con el objetivo de modernizar nuestro sistema tributario.
En 2008 se estableció una bonificación del 100 % que suprimía este impuesto. En septiembre de 2011 este impuesto fue restablecido como consecuencia de la crisis económica con el mínimo exento de 700 mil euros. A pesar de las diferentes desavenencias legislativas y políticas sobre este tema en la actualidad este impuesto sigue en vigor, aunque hoy en día son las diferentes Comunidades Autónomas las que se encargan de regularlo.

El impuesto de patrimonio en Madrid

Con un mínimo exento de 700 mil €, la Comunidad de Madrid tiene una bonificación del 100% por la cual ningún contribuyente de este territorio tiene que pagar dicho impuesto.
Han de presentar autoliquidación los contribuyentes cuyos bienes y derechos tengan un valor superior a los 2 millones de euros.

¿Cómo se calcula el impuesto sobre el patrimonio?

Para calcularlo es importante primero tener en cuenta que bienes y derechos suman y cuales están exentos de estas obligaciones. Con carácter general bienes y derechos exentos son:

  • Bienes integrantes del Patrimonio Histórico tanto español, como autonómico
  • Determinados objetos de arte y antigüedades
  • Derechos de contenidos económico
  • Derechos derivados de la propiedad industrial e intelectual
  • Valores pertenecientes a no residentes
  • Patrimonio empresarial y profesional
  • Participaciones en determinadas entidades
  • Ajuar doméstico: muebles y utensilios domésticos de uso particular. No están incluidas ni las joyas, ni las pieles de carácter suntuario, vehículos, embarcaciones y aeronaves, objetos de arte y antigüedades
  • Exenciones autonómicas de los bienes y derechos integrantes del patrimonio protegido de las personas con discapacidad
  • Y la vivienda habitual, siempre que esa vivienda no supere los 300 mil euros y se aplicará sobre es vivienda el derecho de propiedad pleno o compartido o un derecho real de uso o disfrute sobre la misma (usufructo, uso o habitación)

Y ahora que ya tienes claro el tema del impuesto al patrimonio en Madrid, si quieres comprar una casa en Arturo Soria , un piso en Conde de Orgaz o si con lo que sueñas es comprar un chalet en La Moraleja, olvídate hasta del impuesto, nosotros nos encargamos de todo.